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REITERAMOS LA AMPLIACIÓN DE EXCEPCIONES PARA TRASLADOS A FAVOR DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

En el marco de las medidas para frenar el avance de la pandemia del Covid-19; niñas, niños y adolescentes con progenitores no convivientes, podrán trasladarse hasta el domicilio de su madre, padre o referente afectivo para continuar allí con el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”.
El traslado podrá realizarse: ☑️Cada siete siete días (una vez por semana) ☑️Llevando consigo la declaración jurada, aprobada por la Resolución N°132/20 del Ministerio de Desarrollo Social. No es necesario imprimirla, se puede copiar a mano (https://www.argentina.gob.ar/…/fi…/ddjj_padres_e_hijos_0.pdf) ☑️Junto con el Documento Nacional de Identidad del niño, niña o adolescente, a los fines de corroborar la causa del traslado ☑️Siempre y cuando ello sea en marco del interés superior del niño, niña o adolescente, para resguardar sus vínculos afectivos La medida fue impulsada por la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.
https://www.argentina.gob.ar/…/coronavirus-amplian-excepcio…